Nuevas publicaciones UNESCO sobre educación y futuro: 1. Replantear la educación ¿Hacia un bien común mundial?, 2015
Febrero 4, 2016

“Replantear la educación. ¿Hacia un bien común mundial?” es un documento fundamental. Sugiere un importante avance en la comprensión de los fenómenos de la educación contemporánea, en particular en relación al papel del Estado y la sociedad civill, del sector público y privado, del derecho y la libertad educacionales.

El documento completo se encuentra aquí:

http://unesdoc.unesco.org/images/0023/002326/232697s.pdf

Partes seleccionadas

Prólogo

¿Qué educación necesitamos para el siglo XXI? ¿Cuál es la nalidad de la educación en el contexto actual de transformación social? ¿Cómo debería organizarse el aprendizaje? Estas preguntas inspiraron las ideas presentadas en esta publicación.

En el espíritu de dos publicaciones históricas de la UNESCO, Aprender a ser: la educación del futuro (Informe Faure, 1972) y La educación encierra un tesoro (Informe Delors, 1996), estoy convencida de que hoy es necesario volver a re exionar sobre la educación de forma ambiciosa.

Vivimos tiempos turbulentos. El mundo está rejuveneciendo y aumentan las aspiraciones a los derechos humanos y la dignidad. Las sociedades están más conectadas que nunca, pero persisten la intolerancia y los con ictos. Han aparecido nuevos centros de poder, pero las desigualdades se han agravado y el planeta está bajo presión. Las posibilidades de un desarrollo sostenible e inclusivo son muy amplias, pero las di cultades son arduas y complejas.

El mundo está cambiando: la educación debe cambiar también. Las sociedades de todo el planeta experimentan profundas transformaciones y ello exige nuevas formas de educación que fomenten las competencias que las sociedades y las economías necesitan hoy día y mañana. Esto signi ca ir más allá de la alfabetización y la adquisición de competencias aritméticas básicas y centrarse en los entornos de aprendizaje y en nuevos enfoques del aprendizaje que propicien una mayor justicia, la equidad social y la solidaridad mundial. La educación debe servir para aprender a vivir en un planeta bajo presión. Debe consistir en la adquisición de competencias básicas en materia de cultura, sobre la base del respeto y la igual dignidad, contribuyendo a forjar las dimensiones sociales, económicas y medioambientales del desarrollo sostenible.

Se trata de una visión humanista de la educación como bien común esencial. Creo rmemente que esta visión renueva la inspiración de la Constitución de la UNESCO, aprobada hace 70 años, al tiempo que re eja la época y las nuevas demandas actuales.

La educación es un elemento primordial de marco mundial integrado de los objetivos de desarrollo sostenible. La educación ocupa un lugar central en nuestros esfuerzos por adaptarnos al cambio y transformar el mundo en el que vivimos. Una educación básica

de calidad sienta las bases necesarias para el aprendizaje a lo largo de toda la vida en un mundo complejo y en rápida mutación.

Hemos asistido en todo el mundo a importantes avances en la ampliación de las posibilidades de aprendizaje para todos. Sin embargo, debemos extraer las enseñanzas correctas para trazar un nuevo rumbo futuro. El acceso a la educación no basta, debemos centrarnos en adelante en la calidad de la educación y la pertinencia del aprendizaje, en lo que los niños, jóvenes y adultos aprenden realmente. La escolarización y la educación formal son esenciales, pero debemos ampliar las miras y fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida. Lograr que las niñas cursen la enseñanza primaria es fundamental, pero debemos seguir ayudándolas durante toda la enseñanza secundaria y después de ella. Debemos centrarnos aún más en los docentes y los educadores como factores de cambio en general.

No existe una fuerza transformadora más poderosa que la educación para promover los derechos humanos y la dignidad, erradicar la pobreza y lograr la sostenibilidad, construir un futuro mejor para todos, basado en la igualdad de derechos y la justicia social, el respeto de la diversidad cultural, la solidaridad internacional y la responsabilidad compartida, aspiraciones que constituyen aspectos fundamentales de nuestra humanidad común.

Por esas razones debemos volver a re exionar sobre la educación de manera ambiciosa y formular una visión al respecto en un mundo en mutación. Para ello, debemos debatir y dialogar en todos los niveles y tal es el propósito de esta publicación: ser a un tiempo ambiciosa e inspiradora, dirigirse a las personas que viven en esta nueva era.

Irina Bokova Directora General de la UNESCO

 

Sobre relación público- privada en la educación

Esfumación de las fronteras entre lo público y lo privado

En el discurso internacional sobre la educación, se suele aludir a ella como un bien público. El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Educación ha puesto de relieve la importancia de preservar el interés social por la educación, fomentando a la vez el concepto de educación como bien público136. Sin embargo, la responsabilidad primera de los estados en la administración de la educación pública tropieza con una oposición cada vez mayor, con demandas de reducción del gasto público y una mayor participación de agentes no estatales. La proliferación de las partes interesadas, entre ellas organizaciones de la sociedad civil, la empresa privada y las fundaciones, así como la diversi cación de las fuentes de nanciación, está difuminando

las fronteras entre la educación pública y privada. No está ya claro lo que signi ca la noción de ‘público’ en el nuevo contexto mundial del aprendizaje, caracterizado por una mayor diversi cación de las partes interesadas, debido a la merma de la

capacidad de muchos estados-nación para determinar las políticas públicas y a las formas emergentes de gobernanza mundial. La índole y el grado de la participación privada en la educación está difuminando las fronteras entre educación pública y privada, como pone de relieve, por ejemplo, la creciente dependencia de la nanciación privada que afecta a las instituciones públicas de la educación superior; el incremento de instituciones tanto lucrativas como sin ánimo de lucro; y la introducción de métodos empresariales en el funcionamiento de las instituciones de educación superior. Las formas emergentes de lo privado, –en las que tanto la educación básica como la posbásica se están abriendo cada vez más al lucro y al negocio, y a la dependencia del sector privado para decidir su programa, así como los intereses comerciales–, están transformando el carácter de bien público de la educación en un bien privado (de consumo)137. Los rápidos cambios de la relación entre la sociedad, el estado y el mercado plantean un dilema. ¿Cómo se puede proteger el principio esencial de la educación como bien común en el nuevo contexto mundial en el que se produce el aprendizaje?

Los límites de la teoría del bien público

La teoría del bien público cuenta con una larga tradición y tiene su origen en la economía de mercado138. En el decenio de 1950, se de nieron los bienes públicos como aquellos ‘que todos disfrutan en común en el entendimiento de que el consumo que hace cada individuo de ese bien no da lugar a mermas del consumo de ese mismo bien por cualquier otro individuo’139. El paso de una noción fundamentalmente económica al ámbito de la educación ha resultado siempre algo problemático. Se estima que los bienes públicos están más directamente vinculados con la política pública y estatal. El término público da lugar con frecuencia al habitual malentendido según el cual los

‘bienes públicos’ son aquellos que el público proporciona140. Por el contrario, se han de nido los bienes comunes como aquellos que, independientemente de cualquier origen público o privado, se caracterizan por un destino obligatorio y necesario para la realización de los derechos fundamentales de todas las personas141.

Desde este punto de vista, el concepto de ‘bien común’ puede resultar una alternativa constructiva. Se puede de nir el bien común como ‘constituido por bienes que los seres humanos comparten intrínsecamente en común y que se comunican entre sí, como los valores, las virtudes cívicas y el sentido de la justicia’142. Es ‘una asociación solidaria de personas, que es más que el bien de los individuos que la componen’. Es el bien de ser una comunidad, – ‘el bien realizado en las relaciones recíprocas en las cuales y por medio de las cuales los seres humanos consiguen su bienestar’143. Así pues, el bien común es inherente a las relaciones que se dan entre los miembros de una sociedad que se aglutina en torno a una empresa colectiva. Por consiguiente, los bienes de este tipo son por esencia comunes tanto en su ‘producción’ como en sus bene cios144. Desde este punto de vista, la noción de bien común permite sobrepasar al menos de tres maneras los límites del concepto de ‘bien público’:

1. La noción de bien común va más allá del concepto instrumental de bien público, según el cual el bienestar humano está enmarcado por una teoría socioeconómica individualista. Desde el punto de vista del ‘bien
común’, no es tan solo la ‘buena vida’ de los individuos lo que cuenta, sino también la bondad de la vida que los seres humanos tienen en común145. No puede ser un bien personal o limitado a unos cuantos146. Es importante insistir en que el giro reciente de la ‘educación’ hacia el ‘aprendizaje’ en el discurso internacional indica una posible falta de atención a las dimensiones colectivas y a la finalidad de la educación como tarea social. Esto se aplica a la vez a los mejores resultados sociales que se esperan de la educación, y a la forma de organizar las oportunidades. La noción de la educación como ‘bien común’ rea rma su dimensión colectiva como tarea social común (responsabilidad compartida y compromiso con la solidaridad).

  1. Lo que se entiende por bien común únicamente se puede definir en relación con la diversidad de contextos y concepciones del bienestar y la convivencia. Así pues, comunidades distintas tendrán entendimientos diferentes del contexto concreto de lo que es un bien común147. Teniendo en cuenta las diversas interpretaciones culturales de lo que constituye un bien común, la política pública ha de reconocer y alimentar esta diversidad de contextos, cosmovisiones y sistemas de conocimiento, respetando a la vez los derechos fundamentales, con objeto de no socavar el bienestar humano148.
  2. El concepto hace hincapié en el proceso participativo, que es un bien común en sí. La acción común es intrínseca, así como útil, al propio bien, obteniéndose también ventajas en el curso de la acción común149. Así pues, la educación como bien común exige un proceso inclusivo de formulación y aplicación de la política pública con la debida responsabilidad. Situar los bienes comunes más allá de la dicotomía de lo público y lo privado implica concebir y aspirar a nuevas formas e instituciones de democracia participativa, que tendrían que sobrepasar las políticas de privatización actuales, sin volver a las modalidades tradicionales de gestión pública150.

[…]

Papeles y responsabilidades en la regulación de los bienes comunes

Inspirado por los valores de solidaridad y justicia social que tienen base en nuestra humanidad común, el principio del derecho al conocimiento y la educación como bienes comunes mundiales tiene consecuencias en lo que respecta a las funciones y las responsabilidades de las distintas partes interesadas en el empeño colectivo por lograr un desarrollo humano y social que sea sostenible e inclusivo.

# Reforzar el papel de la sociedad civil y otros asociados

En el contexto vigente, es primordial fomentar un papel más relevante y más explícito de la sociedad civil en la educación. Hay que contrarrestar la tendencia actual a convertir la educación pública en una mercancía mediante el establecimiento de alianzas más sólidas con asociaciones comunitarias y organizaciones no lucrativas. Ciertamente la educación, en su multiplicidad de funciones, no es solo responsabilidad del gobierno, sino del conjunto de la sociedad. Una buena gobernanza en el sector de la educación requiere múltiples alianzas del gobierno y la sociedad civil, y la política nacional de educación debería ser fruto de una amplia consulta social y un consenso nacional.

En estos últimos años se han experimentado, sobre todo en educación, mecanismos innovadores de nanciación del desarrollo por cuenta de sectores empresariales y fundaciones. Esa experimentación ha contribuido también al incremento de alianzas e caces e innovadoras entre todos los asociados para el desarrollo, los países, el sector privado, la sociedad civil, universidades y ciudadanos con el n impulsar los conocimientos técnicos, las capacidades y los recursos de sus socios exteriores. Abundan los ejemplos de alianzas positivas que han contribuido a lograr resultados espectaculares, incluso con bienes tradicionalmente considerados públicos, como es la educación.

También la empresa privada puede tener un cometido crucial al investir en la educación con independencia de las necesidades inmediatas de empleo, como parte de su responsabilidad social colectiva. En la India, por ejemplo, el estado anima a las empresas privadas a invertir así un 2% de su cifra de negocios anual. Se podrían utilizar fondos colectivos de responsabilidad social para contribuir a las necesidades sociales y educacionales de las comunidades desfavorecidas. Para conseguir esos recursos adicionales, puede ser necesaria una legislación que otorgue bene cios scales a las empresas correspondientes.

 

En el contexto actual de mundialización económica y liberalización del mercado, el estado debe mantener su función de garantizar el acceso y regular los bienes comunes, sobre todo en educación. Esta no debe dejarse íntegramente en manos del mercado, ya que constituye el primer eslabón de la cadena de la igualdad de oportunidades. Desde este punto de vista, el estado tiene dos obligaciones:

1. Reformar la educación pública y profesionalizarla, incluso luchando contra la corrupción en el sector, por medio de procedimientos claros, para que se rindan cuentas ante la sociedad en general.

2. Supervisar y regular la participación del sector privado en la educación. La supervisión no debería ser en modo alguno administrativa y burocrática, ni tener carácter policial. Esa función supervisora del estado debería garantizar la aplicación de normas aprobadas por profesionales de la educación, tanto del sector público como del privado, así como de marcos normativos internacionales.

# Reforzar la función de las organizaciones intergubernamentales en la regulación de los bienes comunes mundiales

A la comunidad internacional incumbe la responsabilidad de la gobernanza de los bienes comunes mundiales. La buena gobernanza mundial es un tema propio del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, que deben intensificar su cooperación tanto en la política como en la práctica. Más allá de sus funciones técnicas, las organizaciones de las Naciones Unidas tienen un papel en el establecimiento de normas internacionales con objeto de orientar la gobernanza de los bienes comunes mundiales como el conocimiento, la educación, y el patrimonio cultural material e inmaterial. A este respecto conviene recordar dos ámbitos en los que la UNESCO ha asumido una función destacada de coordinación e inspiración: el movimiento de la Educación para Todos y la elaboración de los propósitos normativos de la educación155.

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