Opiniones: Educación y nueva Constitución: la transformación pedagógica
Junio 15, 2022

Educación y nueva Constitución: la transformación pedagógica

Por: Leonora Reyes y Miguel Caro | Publicado: 11.06.2022
Las normas educativas presentes en la propuesta del nuevo texto constitucional logran avanzar hacia una noción expansiva del derecho a la educación, al dejar instalado un proyecto de educación pública que amplía la noción tradicional de conocimiento, enfatizando la pertinencia cultural y territorial, y conectando de manera dialógica las problemáticas, desafíos y visiones de mundo que portan las comunidades.

La propuesta educativa zanjada por la Convención Constitucional el pasado mes de mayo inaugura un posible camino de transformaciones relevantes en educación. Efectivamente, esta no sólo garantiza el carácter universal del derecho a la educación, sino propone una educación con fines y principios asociados a una vida digna, culturalmente diversa y basada en el rol protagónico de sujetos/as y comunidades. Para ello establece la construcción de un Sistema Nacional de Educación que coloca al centro el desarrollo de “lo público”, sentando las bases necesarias para la transformación del modelo educativo-pedagógico que nos ha regido bajo el esquema de mercado.

Señalamos aquí algunos elementos asociados a estos cambios en el ámbito pedagógico, en caso de aprobarse el documento borrador que se presentará a plebiscito el próximo 4 de septiembre. Abordamos, específicamente, los desafíos vinculados a la necesidad de actualizar el contenido de la experiencia educativa, repensar el rol del espacio escolar y reorientar el sentido del trabajo pedagógico docente.

En primer lugar, se deja atrás una comprensión de calidad educativa como estandarización, competencia, entrenamiento funcional y ausencia de crítica, desarrollado por las políticas públicas en el marco de la Constitución de 1980. El Artículo 281 plantea que “la educación es un proceso de formación y aprendizaje permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país”. Vale decir, se asocia una idea de formación de sujetas/os de derechos con el desarrollo integral del país.

El artículo, por otro lado, señala que “sus fines son la construcción del bien común, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, la convivencia democrática entre los pueblos, la prevención de la violencia y discriminación, así como, la adquisición de conocimientos, el pensamiento crítico y el desarrollo integral de las personas, considerando su dimensión cognitiva, física, social y emocional”. Se coloca al centro de la actividad educativa la formación integral, la idea de justicia y la conciencia crítica necesaria para habitar el mundo de manera sostenible, propiciando la convivencia democrática.

En segundo lugar, los establecimientos dejan de tener el rol gerencialproductivista que tomaron bajo la lógica de la eficacia escolar y la rendición de cuentas al servicio de los resultados en pruebas estandarizadas. Rompe con la tendencia de una enseñanza centrada en la transferencia y cobertura de materias académicas, descontextualizadas, saturadas y desvinculadas por completo de un ideario social común y de los urgentes desafíos de cambio cultural que se requieren en nuestro país. En efecto, se señala que “la educación se regirá́ por los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género, pluralismo y los demás principios consagrados en esta Constitución. Tendrá un carácter no sexista y se desarrollará de forma contextualizada, considerando la pertinencia territorial, cultural y lingüística”.

Esta norma profundiza la perspectiva educativa inclusiva, con enfoque de género, democrática, contextualizada y pertinente, lo que da contenido sustantivo al rol del proceso de formación y da justicia al reconocimiento de las comunidades y territorios.

En tercer lugar, el Artículo 282 genera un marco social para sostener la diversidad educativa al plantear que “este Sistema promoverá la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país”. Así, los proyectos educativos podrán responder a las distintas realidades culturales y, en un plano determinante, brinda un contexto de valoración del trabajo docente, y de los demás actores educativos, como lo señala el Artículo 285: “La Constitución reconoce el rol fundamental de las profesoras y profesores, como profesionales en el Sistema Nacional de Educación. Asimismo, valora y fomenta la contribución de las y los educadores y asistentes de la educación, incluyendo a las y los educadores tradicionales”.

Por último, y complementariamente, sitúa condiciones fundamentales y amplitud del rol del ejercicio profesional de quienes serán las y los encargadas/os de impulsar esos cambios, estableciendo para el profesorado que “el Estado garantiza el desarrollo del quehacer pedagógico y educativo de quienes trabajen en establecimientos que reciban fondos públicos, incluyendo su formación inicial y continua, su ejercicio reflexivo y colaborativo y la investigación pedagógica, en coherencia con los principios y fines de la educación. Para esto, otorgará estabilidad en el ejercicio de sus funciones; asegurando condiciones laborales óptimas y resguardando su autonomía profesional”.

Este punto da un giro a la situación estructural de inestabilidad que afecta al profesorado, garantizando la formación, tanto inicial como continua y, junto a ello, la formulación de una comprensión sustantiva de la profesión docente, como un campo que requiere el ejercicio reflexivo, colaborativo e investigativo.

Las normas educativas presentes en la propuesta del nuevo texto constitucional logran avanzar hacia una noción expansiva del derecho a la educación, al dejar instalado un proyecto de educación pública que amplía la noción tradicional de conocimiento, enfatizando la pertinencia cultural y territorial, y conectando de manera dialógica las problemáticas, desafíos y visiones de mundo que portan las comunidades.

Este texto constituye una enorme posibilidad para recuperar lo mejor de la experiencia histórica de nuestra educación y, a su vez, abordar los derroteros de nuestros tiempos. Es el llamado a una pedagogía con sentido, orientada a la comprensión crítica del mundo, al desarrollo de la autonomía y desarrollo multidimensional de los sujetos.

En suma, la propuesta genera el espacio que se necesita para impulsar una nueva política curricular y evaluativa, una en que se ponga el foco en la contextualización, en la integración interdisciplinar y la problematización crítica del mundo; donde se promueva un aprendizaje capaz de dar marcos de interpretación y un horizonte ético, más que la provisión acumulativa y fragmentaria de conocimientos. Todos estos aspectos son claves para sembrar la semilla de la transformación pedagógica.

Leonora Reyes y Miguel Caro
Leonora Reyes es doctora en Historia, académica del Departamento de Estudios Pedagógicos de la Universidad de Chile. Miguel Caro es profesor de Historia y Geografía, académico de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (UMCE).

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