Continuamos aquí con la serie de artículos (ver más abajo “Recursos asociados”) sobre el debate en torno al Proceso de Bolonia en España. Esta vez con una aportación desde el punto de vista de la adaptación de las carreras de derecho al Espacio Europeo de la educación Superior, aparecido hoy en el diario El País.
TRIBUNA
Información y mentiras sobre Bolonia
Andrés Recalde, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Jaume I de Castellón; Catedrático de Derecho Financiero y Tributario del mismo Centro.
El País, 28 enero 2009
Una de las más últimas y sorprendentes noticias sobre el proceso de Bolonia es la de la solicitud de los rectores de las universidades al ministerio correspondiente para que emprenda una campaña de información para dar a conocer las bondades de la propuesta, pues parece preocuparles la extensión de posiciones críticas. No podemos negar que hay aquí una de esas situaciones que los economistas llaman de asimetría informativa. Al lado de insiders que conocen los intríngulis del asunto, hay otros, entre los que probablemente nos encontramos muchos, que no somos tan duchos. Y, sin embargo, lo que nos motiva a escribir es que los que demandan más información no parecen estar interesados en corregir algunas ideas difundidas, aun a sabiendas de su inexactitud.
La primera falsedad que habitualmente se da por cierta es que la reforma pretende adaptar nuestro sistema a “acuerdos internacionales” sobre el Espacio Europeo de la Educación Superior. Mentira. Nadie encontrará directiva, reglamento o cualquier otro tipo de norma firmada por los estados o las instituciones europeas a cuyo cumplimiento se viera constreñido nuestro país. Lo que hubo en Bolonia son reuniones de “expertos en educación” de varios países europeos con la intención de uniformizar la educación superior. Pero los que nos dedicamos al Derecho (e incluso los que no) sabemos que no es lo mismo una norma jurídica elaborada con arreglo a un procedimiento, que el texto que resulta de una reunión de especializados en parir propuestas, en este caso educativas.
En el primer caso, la legitimidad democrática es presupuesto para imponer una decisión política y consecuencia de los procedimientos que rigen el Estado de derecho. La opinión de los sujetos privados, por muy expertos que sean, sólo debe ser un criterio que los políticos deben valorar cuando toman sus decisiones. Entender que aquellas reuniones obligaban al Estado español, como es opinión generalizada, no es sino un paso más en esa tendencia hacia la desregulación y el desmantelamiento de los instrumentos normativos, que tan malas experiencias han dejado en otros ámbitos (vid. sus efectos en la crisis económica).
Aunque los llamados “acuerdos de Bolonia” no obligaran, pudieron haber constituido una directriz que obtuviera consenso y que la mayoría de los Estados europeos siguiera al reformar los estudios universitarios. En tal caso, concedemos que convendría pensárselo antes de quedar al margen. Pero tampoco esta afirmación es correcta, aunque aquí nuestro juicio se limitará al ámbito que conocemos (los estudios de la titulación de Dere-cho). Cualquier jurista sabe que en el Derecho continental europeo (y, especialmente, en el caso español) las referencias internacionales más relevantes son Alemania e Italia. Desde hace siglos las principales aportaciones en la elaboración de principios y teorías, reformas legislativas o doctrinas jurisprudenciales provienen o se inspiran en la rigurosa elaboración de los juristas de esos países. Pues bien, ambos han desechado cualquier pretensión de adecuarse al modelo boloñés.
Pero si alguien, en aras de la modernidad, apostase por estudios más alejados de nuestra cultura jurídica e inclinados hacia una “formación profesionalizada” como la anglosajona, debe advertirse que tampoco el Reino Unido se ha alineado con el proceso de Bolonia. Sospechamos que en otros países y titulaciones este muestreo obtendrá pruebas similares. La pregunta cae por su peso: ¿con quién se pretende que nos armonicemos?
Se dice que el proceso de Bolonia creará un “espacio europeo” por el que podrán circular los profesionales, con independencia del país en el que hubieran cursado sus estudios. Es seriamente discutible la corrección de esta opción para el Derecho. Pero es, además, falsa. La “libre circulación” y la “movilidad” exigen que los estudiantes obtengan conocimientos homogéneos. En algunos sectores del saber la homogeneidad puede ser limitada. En otros, la necesidad del “tronco” común es mayor. Médicos, arquitectos o ingenieros han conseguido que su formación en España sea básicamente uniforme, porque lo requerían la salud de las personas, la seguridad de las casas o la de los puentes. Aunque pueda sorprender a los profesionales del Derecho de nuestro país (desgraciadamente poco activos al respecto), para los titulados en Derecho esto no se consideró necesario. Cada universidad establecerá sus propios planes de estudio que simplemente deberán pasar el filtro de una evaluación administrativa. Si ni tan siquiera hay uniformidad en España, ¿quién creerá que otros países europeos van a admitir los títulos de las universidades españolas?
Otro argumento extendido es el que viene a decir que los críticos con el proceso somos unos inmovilistas reacios a adaptarnos a los nuevos tiempos y métodos. Este argumento no es mentira; es, simplemente, un insulto dirigido a docentes que intentamos dedicarnos con rigor a nuestra profesión. Pero, dado que está muy generalizado, advertimos que proviene de ámbitos (autoridades universitarias y políticas, y expertos en innovación educativa) que llevan años enfrascados en una y otra reforma de la educación española, cosechando manifiestos fracasos de los que alguna vez deberían responder. Los cambios metodológicos pueden ser buenos si van acompasados con los que previamente han seguido los estudiantes y siempre que el resultado hubiera tenido éxito; pero si los cambios no se han producido en la misma dirección o han fracasado, su incorporación forzada a la Universidad comporta más riesgos que ventajas.
Estamos convencidos de que hay cosas que conviene cambiar; pero, ya puestos, el cambio debe ser a mejor, y el aligeramiento de los estudios de grado que supone Bolonia no augura que vaya a ser así.
Pueden recordarse más inexactitudes, como la de que la escasez de tiempo dedicado a los estudios superiores (tres años y medio) no debe preocupar porque se compensará con estudios de postgrado (masters). Los nuevos estudios se limitarán, así, a ofrecer una formación muy básica que exigirá una especialización, cuya impartición y ordenación no se sabe con qué criterios se habrá de regir, ni dónde se podrá cursar. Probablemente en su valoración influirán precios y otros criterios económicos, más que académicos, como hoy sucede ya con los masters.
Los que piden una intensa política informativa han hecho poco para corregir el asentamiento en la sociedad de esos errores. Permítasenos, entonces, concluir que lo que demandan no son más datos, sino una buena campaña de propaganda.
Firma también este artículo Germán Orón Moratal
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