La universidad y la propiedad
Enero 4, 2013

elmostrador_2012.jpg Reflexión sobre la idea de universidad en tiempos de capitalismo académico: ¿tensión irresoluble, ocaso de la idea de universidad, problema jurídico-institucional, choque de filosofías?
La universidad y la propiedad
Rodrigo Cordero Vega, Escuela de Sociología, Universidad Diego Portales, El Mostrador, 4 de enero de 2013
El escándalo de las acreditaciones es el recordatorio más reciente de la precaria situación institucional en la que se encuentran sumidas un número significativo de instituciones de educación superior en Chile. Pero es también la expresión incontestable del impasse de la idea de “universidad”, toda vez que el término resulta hoy un eufemismo para designar a instituciones cuyas operaciones se asemejan al modelo de un sofisticado banco de inversiones, o bien al de una empresa familiar del sector retail.
La incómoda verdad que hoy debemos afrontar es que la universidad ha devenido en sinónimo de propiedad. Es decir, que la pretensión universalista de la institución universitaria se encuentra reducida a los intereses particularistas de la propiedad, a aquello que precisamente no es común.
¿En qué momento le perdimos el rastro a la “idea” de universidad, a la pregunta por su sentido, y la sustituimos por un entusiasmo ciego en la mera “expansión” instrumental del sistema universitario (número de instituciones, carreras, matrículas, créditos), en pos de un credencialismo obtuso afín a la nueva economía?
Constitucionalmente, en Chile, desde 1980 la educación posee la extravagante condición de ser una actividad económica que, como cualquier otra, es protegida por el derecho de propiedad (Art. 19, incisos 11, 21 y 24 de la Constitución). Esta alquimia jurídica ha permitido que la universidad pueda ser concebida como una entidad que produce y distribuye bienes corporales e incorporales susceptibles de valorización monetaria en el mercado (ejemplo: certificaciones académicas y profesionales, saberes especializados, etc.). La implicancia más decisiva es que el derecho de existencia de la Universidad se ha hecho dependiente, en último término, de que esta institución sea fuente y objeto de propiedad.
Si el principio de propiedad se constituye en fundamento normativo de la universidad, la pregunta que naturalmente sigue es: ¿A quién le pertenece la universidad? Permítanme plantearlo de otra forma: ¿Puede la universidad tener un dueño? ¿Requiere de un propietario para asegurar su derecho a existir? La respuesta a estas inquietudes no es simple pero asoma como ineludible para que una defensa de la idea universidad tenga algún sentido todavía.
La universidad es una comunidad destinada a la formación y cultivo libre de saberes, cuya continuidad de tareas y existencia cotidiana depende de una propensión hacia lo desconocido y a lo que desafía sus propios límites. La universidad es por definición “la institucionalización de la apertura a la excepción” (como acertadamente sugieren Garrido, Herrera y Svensson en su reciente libro “La excepción universitaria”). La sujeción normativa de la universidad a la idea de propiedad, por el contrario, le impone un principio de limitación externo que clausura la posibilidad misma de esta apertura. Esta clausura le arranca a la idea universidad su significado más intenso.
La crisis de la idea de universidad, tal como la describo, es más profunda y difícil de afrontar que la mera cuestión de la corrupción moral de algunos actores, la estructura de financiamiento y otros pesares del actual sistema de educación superior. Su expresión más concreta es la orientación de las universidades a comportarse empresarialmente, lo que no es exclusivo del sector privado sino que una obligación que el propio Estado ha impuesto a las instituciones bajo su tutela. Esto se corresponde, a su vez, con el alto rendimiento que el lenguaje empresarial de la propiedad ha alcanzado, recorriendo como brisa fresca los pasillos del sistema universitario, donde “controladores”, “socios”, “consejos directivos”, “holdings educacionales”, “fondos de inversión”, entre otros, han degradado el lugar de estudiantes, funcionarios y académicos.
Esta crisis tiene una manifestación institucional mucho más concreta y radical: la metamorfosis de la universidad en una importante fuente de producción y acumulación de riqueza económica. No hace falta suscribir a ningún texto clásico del marxismo para aceptar la tesis de que el incremento del patrimonio material que muchas de estas instituciones ostentan sólo se sostiene por medio de una doble forma de extracción de valor. Por un lado, desde los estudiantes que pagan sus matriculas, en su mayoría, vía endeudamiento bancario y, por otro, desde la institucionalización de un sistema masivo de trabajo docente precario (profesores part-time).
Pese a lo evidente de esta compleja crisis, su realidad ha sido paradójicamente eclipsada por el importante pero a estas alturas adormecedor debate sobre el lucro. Los que defienden el diagnóstico de que el centro del problema es el déficit regulatorio y de control por parte del Estado, confían en el incremento de fiscalización como medio para salir del impasse. En tanto, los que argumentan que la base del conflicto reside en la existencia de instituciones privadas, cuya naturaleza sería la búsqueda de la ganancia en desmedro de la calidad, ven en la abolición de dichas instituciones la única solución al problema universitario.
La contradicción entre estas dos posiciones, la reformista y la radical, es mera apariencia de superficie. Ambas terminan coincidiendo en el mismo resultado: afianzar el principio de propiedad como fundamento normativo de la universidad. Los límites de la posición reformista son bastante claros por su insuficiencia: deja intactos los fundamentos de un sistema que, pese a sus vaivenes, todavía es visto como exitoso. Lo que no deja de sorprender es la aporía en la que termina la posición radical: quienes defienden la “propiedad estatal” de la universidad, elevan esta idea a la posición de una virtud moral a toda prueba. Y, al hacerlo, terminan en la lamentable y acrítica reificación de la idea de propiedad como fundamento normativo de la Universidad. Justamente lo que se busca revertir.
El principio de propiedad, sea estatal o privada, le impone a la Universidad una existencia condicionada que debe ser resistida y disputada. La Universidad no le puede pertenecer a ningún “dueño” sino a los propios miembros que la constituyen y producen voluntariamente con un sentido público de donación recíproca.
La encrucijada en la que la Universidad y sus miembros están llamados a involucrarse es “reapropiarse” de la idea de universidad. Esto significa romper con la relación que supedita la existencia de la universidad a la propiedad. Dicha tarea demanda hacerse una y otra vez la pregunta por la naturaleza de la institución universitaria y su relación con la sociedad. Pero también demanda hacerse partícipe en la necesaria, aunque no siempre fácil, renegociación de los términos y estándares normativos que gobiernan nuestra comunidad política.

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