¿Incentivos o sanciones?
Agosto 15, 2008

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Columna publicada en el diaro La Tercera, 15 agosato 2008, sobre el nuevo proyecto que crea un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación.

¿Incentivos o sanciones?

“El proyecto que crea un sistema nacional de aseguramiento de la calidad educacional opta por un enfoque con escasos incentivos, fuerte dosis de controles administrativos y desconfianza en los agentes”.

Mientras el Congreso discute la Ley General de Educación (LEGE), el gobierno ha presentado allí el proyecto que crea un sistema nacional de aseguramiento de la calidad educacional, el cual detalla varias propuestas que en la ley aparecen apenas esbozadas. Tanto así, que de no prosperar, la LEGE quedaría reducida a una mera declaración de intenciones. De allí pues su importancia y lo sorprendente que resulta el escaso eco que ha suscitado en la opinión pública.

En efecto, el nuevo proyecto establece un sistema para promover la calidad educativa que considera estándares de aprendizaje y estándares indicativos de desempeño para los establecimientos y sus sostenedores, docentes y directivos; mecanismos e instrumentos para apoyar a las comunidades educativas; evaluaciones de desempeño y mediciones de resultados; fiscalización del uso de los recursos y el cumplimiento de la normativa educacional por parte de los proveedores del servicio educativo; evaluaciones del impacto de políticas y programas educativos; mandatos de información pública relativa al resultado de las evaluaciones, la clasificación de los establecimientos y los resultados de la fiscalización, y rendiciones de cuenta referidas al logro y desempeño de los colegios.

Para cumplir estos cometidos se crean la Agencia de Calidad y la Superintendencia de Educación; aquella encargada de las evaluaciones de desempeño y de logros, ésta responsable de supervisar y fiscalizar el uso de los recursos públicos. Hasta aquí los objetivos generales del proyecto.

En vez de entrar en este espacio al detalle de este frondoso texto -112 artículos y un conjunto adicional de disposiciones que modifican la Ley de Reestructuración del Mineduc, que se agregan a los 72 artículos y siete transitorios de la LEGE- interesa más bien evaluar su fondo y orientación. Desde el punto de vista de los establecimientos escolares, el proyecto crea un entorno regulatorio excesivo que, de aprobarse sin modificaciones, impondría a los colegios unas exigencias desmedidas en tiempo, personal, recursos y energías nada más que para satisfacer a los órganos reguladores. A su turno, éstos se verían forzados a asumir los costos políticos, administrativos y materiales de tan extensas funciones de monitoreo y control, cuya profusión, sin embargo, no es garantía de efectividad.

En otras palabras, frente a un enfoque intenso en incentivos, de controles reducidos a lo esencial y que confía en la adaptación autónoma de los agentes, el proyecto opta por el enfoque opuesto; uno con escasos incentivos, fuerte dosis de controles administrativos y desconfianza en los agentes, que por eso sujeta a un orden minuciosamente reglado. Sabido es que allí donde no hay confianza, los costos de transacción necesariamente aumentan. De hecho, el proyecto muestra más interés por las sanciones que por los medios para impulsar el mejoramiento de las escuelas.

Dos son los problemas que traería consigo la aplicación de este enfoque: las inevitables ‘fallas de coordinación’ entre los diversos organismos públicos llamados a administrar el detallado marco regulatorio por un lado y, por el otro, el entrampamiento de los colegios sometidos a ese orden exhaustivamente reglado.

Así, estamos ante un proyecto que para lograr su objetivo -proporcionar un entorno institucional que ayude al sistema escolar a elevar el rendimiento de los alumnos- debería ser sustancialmente corregido y alivianado durante su tramitación parlamentaria.

José Joaquín Brunner
Director Centro de Políticas Comparadas de Educación
Universidad Diego Portales

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