El G9 y la reforma
Claudio Elórtegui, 9 de marzo de 2016
¨La reforma debiera establecer criterios objetivos para que universidades creadas con posterioridad a 1980 pudieren también recibir el reconocimiento a su función pública, y ser incorporadas al CRUCh…”.
Las universidades públicas no estatales del CRUCh, que forman el G9, compartimos los objetivos del proyecto de reforma de la educación superior, fundados en los principios de calidad, equidad, inclusión y estímulo a la creación de nuevo conocimiento. Sin embargo, dichas orientaciones se desdibujan en el articulado del proyecto, de tal forma que muchas de sus disposiciones amenazan gravemente la diversidad, autonomía y calidad de los proyectos institucionales.
Constituye una paradoja que las universidades del G9, que se caracterizan justamente por calidad e inclusión, sean tan maltratadas en un proyecto que, supuestamente, pretende privilegiar esos aspectos; no solamente no les otorga ningún reconocimiento, sino que además amenaza su sostenibilidad y desarrollo.
Para fundamentar que calidad e inclusión caracterizan a estas casas de estudio, basta mencionar algunos antecedentes. El promedio de años de acreditación de las universidades G9 es 5,6 años, superior al de las estatales y de las privadas, que son 4,5 y 3,7 años, respectivamente. En el prestigiado ranking QS, nueve instituciones chilenas aparecen entre las 50 mejores de América Latina, siendo cinco de ellas del G9. De toda la investigación que se genera en el sistema universitario nacional, considerando proyectos y publicaciones indexadas, más del 40% proviene de estas universidades no estatales del CRUCh; en torno al 50% de los doctores que se gradúan en Chile lo hace de estas instituciones, las que también son responsables de más del 50% del registro de patentes y licenciamientos.
Para fundamentar el carácter inclusivo de estas casas de estudio, basta mencionar que de los estudiantes ingresados el año 2016, el 52% tuvo el beneficio de gratuidad, por lo tanto pertenecen al 50% de la población de menores ingresos. Junto con ello, hay que agregar que en los últimos diez años estas universidades han aportado aproximadamente $240.000 millones con recursos propios para ayudas estudiantiles, complementando los aportes del Estado, otro antecedente que evidencia su compromiso público. Además, es muy relevante la contribución que las ocho universidades regionales del G9 realizan al desarrollo de las regiones y a una efectiva descentralización.
El proyecto asocia el rol público de las universidades solo a las instituciones estatales, desconociendo la historia y realidad de la educación superior en nuestro país. Por su quehacer y contribución a la sociedad, el Estado tradicionalmente ha otorgado a estas universidades un trato correspondiente a su carácter público. Ya en 1927, el DL7.500 expresa que “las universidades del Estado y las particulares reconocidas como cooperadoras de la función educacional son personas jurídicas de derecho público”. Ello se ve ratificado en normativas posteriores y reforzado a través de la Ley Nº 17.398 de 1971, reforma de la Constitución de 1925, denominada en ese momento Estatuto de Garantías Constitucionales, que estableció: “Las universidades estatales y las particulares reconocidas por el Estado son personas jurídicas dotadas de autonomía académica, administrativa y económica. Corresponde al Estado proveer a su adecuado financiamiento para que puedan cumplir sus funciones plenamente de acuerdo a los requerimientos educacionales, científicos y culturales del país”.
En consecuencia, la demanda de las universidades no estatales del CRUCh hacia el Estado por un trato justo, equivalente y no discriminatorio, no se fundamenta -como algunos erróneamente han planteado- en el año de fundación de las distintas instituciones, sino en la naturaleza de su quehacer, aporte histórico y actual al sistema de educación superior y al desarrollo del país, y al reconocimiento en la legislación chilena de su carácter público desde 1927, refrendado por las políticas públicas y de financiamiento de todos los gobiernos posteriores a esa fecha. Como lo hemos planteado públicamente, consideramos que la reforma debiera establecer criterios objetivos para que universidades creadas con posterioridad al año 1980 pudieren también recibir el reconocimiento a su función pública, y ser incorporadas al CRUCh, que es el espacio en el cual la sociedad chilena ha radicado el ámbito de lo público en educación superior desde su creación en 1954.
Claudio Elórtegui Raffo
Rector PUCV y presidente de la Red Universidades Públicas No Estatales-G9
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