La desmunicipalización de los colegios
Diciembre 4, 2008

simon schwartzman

Columna publicada en el diario El Mercurio, 4 diciembre 2008.

Se espera que el Gobierno presente hoy el proyecto de ley que modifica la administración de los colegios municipales. El proyecto entregaría a un conjunto de corporaciones públicas la gestión administrativa y financiera de las escuelas actualmente bajo los municipios. Estas corporaciones se harían cargo de la provisión educacional para cerca de la mitad de la matrícula escolar, incluido el 70% de los alumnos más vulnerables, dentro de una “escala” de cobertura -para cada corporación- de 15 mil alumnos.

Gracias al Transantiago hemos aprendido que del diseño de un proyecto de gran envergadura depende, en buena medida, su exitosa implementación. ¡Cómo olvidarlo! Pues bien, el cambio que se planea introducir ahora posee una envergadura mucho mayor que aquel (mal concebido) que se aplicó al transporte de la Región Metropolitana. Abarca el territorio nacional de norte a sur y compromete vitalmente a las futuras generaciones en su viaje a lo largo de la vida.

Igual que ayer, sin embargo, se pretende que un diseño de escritorio, sin atender a los múltiples y contradictorios intereses en juego, sin considerar las preferencias y características de la demanda (familias y alumnos) ni la experiencia de los oferentes del servicio (alcaldes, concejales y autoridades regionales), podría, a pesar de todo eso, dar origen a un buen diseño y asegurar así, en la siguiente etapa, una óptima implementación.

Todo esto, más encima, de cara a una pronta elección presidencial y justo cuando acaba de ocurrir un significativo cambio en el control político de las municipalidades que -en importantes ciudades del país- trasladó la administración comunal a representantes de la oposición.

Entonces, sin entrar en la sustancia del proyecto -que no conocemos en su articulado-, vale la pena formular, al comienzo del debate, algunas preguntas:

¿A qué diagnóstico compartido -político, técnico y académico- responde el masivo cambio que se desea introducir? ¿Cuán fundado se halla? ¿Cuánta participación y debate públicos ha existido para ese diseño cuya idea matriz (la desmunicipalización) tiene detractores y partidarios? ¿Hasta dónde se ha consultado a los alcaldes y los concejos comunales y, más importante, a los directores de colegios municipales? ¿Qué avances se han realizado para cimentar un amplio acuerdo político-parlamentario, incluso con los sectores de oposición, en el espíritu del casi unánime Acuerdo Educacional? ¿Qué aconseja apurar el debate e iniciarlo justo ahora que nos encontramos en el umbral de un proceso electoral que definirá la orientación y composición del próximo gobierno? ¿Cuánto puede influir en ese apuro -y en la preparación del proyecto- la tradicional consigna de que frente a una elección presidencial conviene separar aguas, resaltar la identidad de los actores políticos en pugna y “sacar a la oposición al pizarrón” ante la opinión pública electoral?

A su turno, en relación con la sustancia del cambio proyectado, convendría tener presentes algunos criterios esenciales a la hora de adoptar un nuevo arreglo institucional para los establecimientos municipales:

1. Es imprescindible determinar de manera clara y precisa la relación del principal (el propietario de los colegios) con sus agentes (los directores, sus equipos directivos, docentes, alumnos y la comunidad escolar). Sin esa definición no habrá líneas claras de autoridad, de gestión y de responsabilización de los colegios por los resultados de sus alumnos.

2. Enseguida, los establecimientos escolares necesitan tener autonomía suficiente para organizarse, seleccionar a su personal, evaluarlo y gestionar sus asuntos pedagógicos y administrativos. De allí que el cambio en gestación deba necesariamente incluir una sustantiva revisión del estatuto docente.

3. La creación de un Servicio Nacional de Educación (idea anunciada por el Gobierno) debe tener en cuenta -y ser coherente con- la normativa contemplada en la Ley General de Educación y la que establece la Agencia Nacional de Calidad y la Superintendencia de Educación. No es fácil imaginar cómo se podrán articular en la práctica todas estas nuevas instancias hasta ahora sólo existentes en el papel.

4. Las corporaciones públicas que pudieran establecerse deberán organizarse y dirigirse, de tal manera de evitar su captura por los intereses políticos locales, que terminarían por causar más daño que bien a los colegios.

5. Su tamaño, en cambio, no puede establecerse a priori. Ellas no deben responder a un único patrón, sino que deben ajustarse a las cambiantes condiciones de las ofertas concurrentes, las preferencias de las familias y las complejas interacciones entre ellas.

6. La naturaleza mixta del sistema escolar impone la necesidad de atender, además, a la igualdad de trato entre los distintos tipos de proveedores, como se halla consagrado en la Constitución y se ratifica en la Ley General de Educación.

7. Lo anterior es particularmente importante no sólo por el hecho de que alrededor de un 45% de la matrícula escolar se radica en colegios privados subvencionados, sino, además, porque el mejoramiento de estos establecimientos depende vitalmente de dicho principio y -todos los colegios, a su vez- del reforzamiento (cuantitativo y cualitativo) del esquema de subvención escolar.

Por último, cabe insistir en la principal idea-fuerza que debería inspirar cualquier reforma: la calidad del servicio educacional no depende tanto de la institucionalidad que organiza la provisión, sino de las condiciones de liderazgo, personal docente, gestión pedagógica de las escuelas y gasto por alumno que permiten (o impiden) organizar cotidianamente el trabajo de los colegios. Al final, cualquier cambio debe medirse con este criterio: cuánto mejorarán las condiciones internas de funcionamiento de cada uno de nuestros colegios, en cada una de sus salas de clase.

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